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Yaiza precisa que la tasa de regularización catastral de 60 euros es un tributo estatal

El Ayuntamiento aclara dudas a los vecinos en el Punto de Información Catastral situado en el pueblo de Yaiza. El Ministerio de Hacienda informa que la cuantía debe ser abonada “por quien tenga la condición de sujeto pasivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el ejercicio en el que se haya iniciado el procedimiento de regularización catastral”.

El Ayuntamiento aclara dudas a los vecinos en el Punto de Información Catastral situado en el pueblo de Yaiza. El Ministerio de Hacienda informa que la cuantía debe ser abonada “por quien tenga la condición de sujeto pasivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el ejercicio en el que se haya iniciado el procedimiento de regularización catastral”.

Decenas de vecinos han pasado durante los últimos días por el Punto de Información Catastral de Yaiza solicitando claridad sobre el requerimiento del pago de 60 euros en concepto de tasa de regularización catastral. El Ayuntamiento precisa que dicha tasa es un tributo de carácter estatal que tienen que abonar, según advierte el Ministerio de Hacienda, “por quien tenga la condición de sujeto pasivo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles en el ejercicio en el que se haya iniciado el procedimiento de regularización catastral”.

El mismo Ministerio destaca que el procedimiento de regularización catastral “tiene la finalidad de incorporar al Catastro Inmobiliario los bienes inmuebles urbanos y rústicos con construcción, así como las alteraciones de sus características, en supuestos incumplimientos de la obligación de declarar de forma completa y correcta las circunstancias determinantes de un alta o modificación catastral”.

El concejal de Catastro de Yaiza, Óscar Noda, explica que “son muchos los vecinos que se están acercando al Punto de Información Catastral que tenemos en el municipio pidiendo claridad sobre este asunto, pero en todo caso la iniciación del procedimiento es de oficio y se comunica a los interesados para que puedan realizar las alegaciones que estimen oportunas ante el Estado”. La regularización de la descripción de los bienes inmuebles está sujeta a la tasa de regularización catastral, cuya cuantía es de 60 euros por cada uno de los inmuebles objeto de regularización. Este procedimiento se viene desarrollando en todo el territorio nacional, excepto en el País Vasco y Navarra.

 

 

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