Elecciones a Cortes Generales de 23 de julio de 2023

El artículo 39.2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), establece que: Los ayuntamientos y consulados estarán obligados a mantener un servicio
de consulta de las listas electorales vigentes de sus respectivos municipios y demarcaciones durante un plazo de ocho días, a partir del sexto día posterior a la convocatoria de elecciones.

Con motivo de las elecciones a Cortes Generales de 23 de julio de 2023, los ayuntamientos deberán mantener el servicio de consulta de las listas electorales del sexto al decimotercer día
posterior al de la publicación de la convocatoria, ambos inclusive, es decir del 5 al 12 de junio de 2023.

La consulta podrá realizarse por medios informáticos en las oficinas municipales de Yaiza y Playa Blanca, previa identificación del interesado. El documento de identificación deberá ser
alguno de los que, para el acto de votación, indica el artículo 85.1 de la Ley Electoral: D.N.I., pasaporte o permiso de conducir en que aparezca la fotografía del titular.

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