Hacienda y Recaudación
FRACCIONE SUS TRIBUTOS LOCALES
El Ayuntamiento de Yaiza ha modificado la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos y otros ingresos de Derechos Públicos Locales, publicado en el BOP de Las Palmas nº 117 del 14 de septiembre de 2012, con el objetivo de fijar nuevos plazos y criterios para facilitar el pago de sus tributos.
En estos momentos de crisis por los que está atravesando la economía española lo menos que desea un Ayuntamiento es desfavorecer a sus ciudadanos y por ello facilita, en la medida de lo posible, que los mismos puedan hacer frente al pago de sus tributos. Según el artículo 44 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. La
Administración podrá a solicitud del obligado aplazar o fraccionar el pago de las deudas en los términos previstos en los artículos 65 y 82 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Asimismo según el artículo 65 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, 1. Las deudas tributarias que se encuentren en período voluntario o ejecutivo podrán aplazarse o fraccionarse en los términos que se fijen reglamentariamente y previa solicitud del obligado tributario, cuando su situación económico-financiera le impida, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos.
El Ayuntamiento ha fijado unos criterios básicos para la concesión de los fraccionamientos y se resumen en el siguiente cuadro explicativo:
Importe | Plazos |
Hasta 1500 € | Máx. 6 meses |
Entre 1500,01 € y 6.000 € | Máx. 12 meses |
Entre 6.000,01 € y 18.000 € | Máx. 18 meses |
(*) Las deudas inferiores a 150 € o las solicitudes en períodos más largos de los enumerados en el cuadro anterior deberán aportar la documentación necesaria para justificar que concurren las circunstancias y que están debidamente acreditadas por los sujetos obligados. Se estudiarán los casos concretos y se intentará llegar a un acuerdo de fraccionamiento.
La resolución de todas las peticiones sobre aplazamientos y fraccionamientos serán notificadas, por el Tesorero, a los interesados.
La documentación que se debe aportar para la solicitud de los fraccionamientos será la siguiente:
- Fotocopia DNI.
- Autorización en el caso de que venga en representación del sujeto pasivo.
- Deuda objeto de fraccionamiento (que será informada en la Oficina de recaudación).
- Preferentemente domiciliación bancaria, por ejemplo, un extracto bancario donde conste el número de cuenta corriente y la titularidad de la misma.
Además se puede requerir la siguiente documentación:
- Calendario provisional de pagos.
- Nómina, pensión o informe del INEM donde conste que está o no percibiendo algún tipo de prestación.
- Fotocopia de la declaración de la renta o impuesto sobre sociedades.
- Para deudas superiores a 18.000 Euros, será necesario aportar aval bancario.
- Los demás documentos o justificantes que estime oportunos. En particular, deberá justificarse la existencia de dificultades económico-financieras que le impidan de forma transitoria efectuar el pago en el plazo establecido.
- Los plazos concedidos y domiciliados se pasarán por cargo en la cuenta bancaria facilitada por el interesado a partir del día 10 de cada mes.
- Para aquellos que no tengan una cuenta corriente para realizar la domiciliación bancaria, deberán ponerse en contacto con la oficina de Recaudación para obtener la correspondiente carta de pago o bien hacer transferencia bancaria en la cuenta corriente del Ayuntamiento que se le facilitará en nuestras oficinas municipales.
BOP Las Palmas. Número 117, viernes 14 de septiembre de 2012
PARA MAS INFORMACION:
Oficina Municipal de Recaudación sita en la Plaza de los remedios, 1, en el municipio de Yaiza, de 8:30 a 14:30 horas de lunes a viernes, o al teléfono de la oficina de Recaudación 928 83 62 20